NORMAS Y REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE TALLU MENDIZALE KIROL KLUBA
La sección de montaña TALLU, forma parte del club Tallu Mendizale Kirol Kluba, es una asociación sin ánimo de lucro dedicada a la actividad y fomento de la montaña y senderismo. Y como tal, tenemos unas normas que debemos respetar para el buen funcionamiento del mismo. Todas ellas irán encaminadas a velar por nuestra seguridad en el camino y por hacer más ameno, si cabe, el marchar en grupo. Sin unas normas será imposible que el club se consolide como tal y marche adecuadamente, si las seguimos caminaremos mejor y con más seguridad. El presente Reglamento ha sido aprobado en Asamblea General de fecha 21 de Setiembre de 2023.
CAPÍTULO 1
Normas de organización, funcionamiento y participación de las salidas.
1º.- Para la puesta en marcha de una salida, previamente deberá estar definida por los órganos de decisión del club, e incluida dentro del Programa de Actividades del club del año; y aprobado por la Asamblea General o por las reuniones específicas que se convoquen al respecto.
De forma extraordinaria se puede organizar una salida a decisión de la Junta Directiva. Y en última instancia y de carácter urgente se puede realizar la misma si, al menos, se cuenta con el visto bueno de la presidencia del club.
2º.- Una vez que se decide organizar una salida, el club se encuentra en el deber de informar al conjunto de socias y socios de la realización de la misma a través de los medios de comunicación que se dispongan. Ha de informarse sobre la fecha, ruta, trayecto, longitud, dificultad, duración, horarios, avituallamiento, equipamiento, etc. De modo que cada persona valore su participación en la misma. También se informará de los medios necesarios para su realización: equipo organizador, transporte (en coches, en bus, andando desde el punto de salida habitual del club, etc.).
3º.- Las salidas partirán a la hora y del lugar designado por la Junta, en bus o vehículos de participantes de la salida. La responsabilidad del club se limita a la organización de la logística.
Cuando el medio de transporte a utilizar sea el bus, previamente hay que inscribirse donde la organización lo convenga. La fecha límite aparecerá en www.tallumendizale.eus.
En el caso de que las plazas fueran limitadas, las personas pertenecientes al club tendrán preferencia frente a las no pertenecientes, siempre y cuando hagan su inscripción en los plazos establecidos.
En el supuesto de que una persona inscriba a otra, asumirá en su nombre todas y cada una de las condiciones de este reglamento.
El hecho de apuntarse asume el compromiso del pago de la parte correspondiente del viaje.
4º.- El club se reserva el derecho de modificar los horarios, el trayecto y demás aspectos de cada salida, incluso suspenderla. Dichos cambios tratarán de comunicarse con tiempo de antelación y en su defecto, serán comunicados en el momento de la salida.
Y en el supuesto de que ocurrieran causas mayores durante el transcurso de la salida, ésta se podrá suspender y quien actúe como guía comunicará de la decisión adoptada a la presidencia del club, así como a todas las personas interesadas.
5º.- La puntualidad será prioridad. La organización no espera, y las actividades comienzan en los horarios previstos (transporte, inicio de salida, …).
6º.- La totalidad de participantes debe venir en un estado físico adecuado para las características de la salida, por tanto, en caso de que cualquier participante sienta algún tipo de inseguridad en cuanto a sus condiciones físicas y/o psíquicas para realizar la actividad, debe comunicárselo al equipo coordinador de la misma.
7º.- El club sobreentiende que cada participante se encuentra en posesión de la ficha federativa de la Federación de Montañismo, de modo que se encuentra cubierto por un seguro de accidente. Es responsabilidad individual asegurarse frente a posibles accidentes en montaña.
El club facilitará el acceso a dicha ficha.
En todo caso el club no se hace responsable de cualquier accidente personal que pudiera sufrir cualquier participante que no tenga ficha federativa durante el trayecto de las salidas. Por tanto, cada persona sin federarse estará obligada a firmar el CONSENTIMIENTO INFORMADO DE PARTICIPANTES SIN FICHA FEDERATIVA.
8º.- El equipamiento del conjunto de participantes debe ser apropiado para la actividad (botiquín básico, ropa cómoda, de abrigo, chubasquero, chalecos reflectantes para carretera, protección solar y botas de montaña, hidratación, bastones, comida, etc.) y cualquier condicionante personal (sanitario,…) será de responsabilidad exclusiva de cada participante y deberá comunicarse a la organización.
9º.- Queda terminantemente prohibido atentar contra el medio y el entorno natural, por lo que no está permitido recolectar plantas, molestar a la fauna, recoger piedras o cualquier elemento natural del paisaje y dejar rastro de nuestra visita. Recordemos que la naturaleza es un bien a disfrutar por todo el mundo y que tras nuestra salida vendrán otras personas.
10º.- Se exige respeto por y para cada integrante de nuestro club, especialmente hacia las personas mayores, menores o que cuenten con alguna dificultad y caminen con el grupo. Para el buen transcurso del itinerario debe predominar la solidaridad en el grupo.
11º.- La Junta Directiva, o en su defecto, la presidencia del club designará para cada salida una persona coordinadora que será responsable de la organización de la misma (transporte, cobro de matrículas, designación de la ruta y del monitorado/guía). Así mismo, será la persona autorizada para realizar los cambios que se puedan ocasionar durante el trayecto de la misma. Si una salida tiene una participación alta, el personal coordinador podrá contar con personal de apoyo. En función del tipo de salida, quien la coordina podrá coincidir con quien la guía. El conjunto de asistentes deberá seguir las indicaciones del equipo organizador de la salida.
12º.- Quien coordina la salida designará al menos dos guías, que se encargarán de tutelar el grupo o grupos. Quienes formen parte del grupo deben mantener la uniformidad y en ningún caso, adelantar a quien va guiando; y comunicarle si, por algún motivo, hay que salirse del camino o surge algún inconveniente. Tampoco se puede realizar otro itinerario o cambiar parte del itinerario previsto. Si alguien decidiera hacerlo debe comunicarlo a la persona responsable de la excursión y lo hará bajo su responsabilidad y riesgo (con gente que pueda atestiguar que lo ha oído y pueda ratificarlo). Durante la excursión, el grupo se mantendrá lo más unido posible.
Tenemos que tener en cuenta que la gente que guía se encargará de que el grupo llegue completo al final del recorrido. Recordemos que “quien guía ayuda al grupo y viceversa”. Una de las personas que actúa como guía deberá situarse en la cabecera durante toda la actividad de senderismo y marcar el ritmo del grupo de participantes que no debe sobrepasarle. Cerrando el grupo se situará la otra persona que guía.
13º.- El club debe procurar que quienes asuman las funciones de coordinación y guía de salidas puedan contar con la formación adecuada. Esta formación también estará dirigida a todas las personas que les pueda interesar. Para ello se deben organizar acciones formativas o bien participar de aquellas organizadas por otras entidades: clubes de senderismo, federaciones, y otras instituciones públicas o privadas.
14º.- La gente encargada de guiar una actividad tendrá la facultad de impedir la participación de una persona, si:
- la misma es menor de edad y no está acompañada por persona adulta responsable.
- la actividad es del todo incompatible con sus condiciones físicas.
- no cuenta con el equipamiento necesario para las características de la salida.
- es una persona reincidente en situaciones que hayan afectado al transcurso normal de las excursiones.
15º.- Las actividades de TALLU MENDIZALE KIROL KLUBA están abiertas a la participación de cualquier persona mayor de edad, o menor asistida por persona adulta responsable.
Si quien participa acude con alguna mascota deberá llevarla atada, en caso contrario, ante cualquier incidente la responsabilidad recaerá en la dueña o el dueño de la mascota.
Para participar en las actividades no es necesario pertenecer al club, pudiendo asistir personas ajenas al mismo. Este último extremo incluso es deseado en el ánimo de fomentar que haya más gente que se acerque al club, lo conozca y decida formar parte del mismo.
16º.- La participación en un viaje del club, devenga unos gastos de distinta naturaleza que han de satisfacerse por la totalidad de participantes. Dicho gasto genera a su vez que haya de establecerse un precio por participar y los precios serán distintos en función de la tipología de cada participante, teniendo en cuenta que podrán pertenecer o no al club.
Quienes pertenezcan al club abonarán un precio que se determinará una vez se calculen los gastos que origine el viaje, y quienes no pertenezcan, verán incrementado ese precio en la cantidad que estime la Junta (mínimo 5€ en las excursiones de día que se hagan en autobús y mínimo 15€ en las de fin de semana).
17º.- La totalidad de integrantes del club dispondrán de un nº de socio o socia, personal e intransferible, que les acreditará como parte del club y les permitirá beneficiarse de las ventajas y descuentos que ofrezca el club o empresas patrocinadoras o colaboradoras.
18º.- El conjunto de integrantes del club asume el compromiso de contribuir a la buena imagen del mismo, así como de quienes colaboren y patrocinen al club, y no podrán actuar de forma que les genere perjuicio económico o de otro tipo, especialmente haciendo publicidad negativa. Ni el club como entidad deportiva, ni su Junta Directiva serán responsables de estas actuaciones.
19º.- Cualquiera que modifique algún dato personal (teléfono, dirección, email, etc.), tienen la obligación de notificarlo directamente a la secretaría del club.
20º.- Cualquier integrante del club puede proponer rutas de las que conozca y entiende que reúne las condiciones necesarias para que puedan ser disfrutadas por el resto de integrantes, dirigiéndose para ello a la Comisión de Rutas del club.
CAPÍTULO 2
Consulta sobre los libros oficiales del club.
21º.- Cualquiera que pertenezca al club podrá examinar los contenidos de los libros oficiales del club según establece los estatutos del mismo. Estos libros son: el que recoge a todas las personas socias, Actas de Asambleas o Juntas Directivas, Contabilidad, Cuentas Anuales y otros libros auxiliares que considere el club necesarios para su funcionamiento. Para su consulta habría que hacer una solicitud por escrito dirigida a la presidencia del club. El cual tiene 10 días para satisfacer dicha solicitud.
CAPÍTULO 3
Régimen disciplinario.
22º.- Potestad Disciplinaria. La Junta Directiva del club, elegida en Asamblea General, será la encargada de ejercer la potestad disciplinaria sobre la totalidad de personas asociadas al club y las que participan de las actividades del mismo y/o formen parte de su estructura orgánica.
23º.- Faltas. Se considerarán como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la legislación vigente que sea de aplicación, y se clasificarán en leves, graves y muy graves.
24º.- Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en los estatutos y normas de TALLU MENDIZALE KIROL KLUBA; siempre y cuando no tengan la consideración de graves o muy graves. Así mismo, se consideran leves los impagos de la cuota social en la cuantía y plazo que establezca la Asamblea General hasta 1 año.
25º.- Se considerarán como faltas graves:
- La reiteración, en tres ocasiones o más, de cualquier falta leve, durante un período de seis meses.
- Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de quienes integran el club o participantes de las actividades.
- Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del club, que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del mismo o de quienes las patrocinen o colaboren en ellas.
- El impago de la cuota social, en la cuantía y plazo que establezca la Asamblea General durante un año.
26º.- Se considerarán como faltas muy graves:
- La reiteración, en dos ocasiones o más, de cualquier falta grave durante un período de doce meses.
- Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del club o la integridad física de cualquiera de sus integrantes o participantes en la actividad.
- El impago de las cuotas, en la cuantía y plazo que establezca la Asamblea General durante dos años.
27º.- Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta, que serán aplicadas por la Junta Directiva, según las faltas.
- Faltas leves: la exclusión de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracción. Además de hacerle llegar a la persona en cuestión una recomendación de cambio de comportamiento.
- Faltas graves: la expulsión temporal del club durante el período de tiempo que estime la Junta Directiva que, en ningún caso, será superior a seis meses.
- Faltas muy graves: la expulsión temporal de club en un período de seis meses a un año o bien la expulsión definitiva del club. Esto último tendría que ser ratificado en una Asamblea General.
28º.- Procedimiento disciplinario.
- Cualquier integrante del club o participante en una actividad organizada por el club, que considere que alguien comete una infracción, podrá comunicarlo de manera verbal o por escrito a la presidencia del club y se llevará a la Junta Directiva ordinaria siguiente.
- Una vez presentada, la Junta Directiva resolverá si procede sancionar y el tipo de la misma. Se podrá solicitar la comparecencia de la persona implicada y/o gente que lo atestigüe si se considera necesario.
- Se comunicará a la persona afectada bien vía verbal si son faltas leves o por escrito si son faltas graves o muy graves.
29º.- Ejecución de sanciones. Las sanciones impuestas serán inmediatamente ejecutadas, sin que las reclamaciones y recursos que procedan contra las mismas paralicen o suspendan su ejecución. Si el recurso es aceptado, se anula la sanción.
CONDICIÓN DE INTEGRANTE DEL CLUB
30º.- El abono del club es válido por periodo de un año, comprendido de enero a diciembre, por lo tanto, toda persona que se asocie por primera vez, será considerada como tal para el resto del año, desde la fecha de inscripción y hasta final de ese año.
Para adquirir la condición de integrante del club será necesario solicitarlo por escrito a la Junta Directiva y una vez acordada la admisión por esta, satisfacer la cuota de ingreso correspondiente.
Las inscripciones tendrán que ser abonadas en metálico (sólo la 1ª vez) o mediante transferencia en la cuenta bancaria del club.
La renovación del siguiente año y posteriores se harán por domiciliación bancaria, haciendo uso por parte del club del código de cuenta corriente indicado en la ficha de inscripción. Excepcionalmente se permitirán renovaciones en metálico, y dentro de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año anterior.
Para solicitar la baja, se hará por escrito y con fecha límite hasta finales de noviembre, quedando sin efecto las solicitudes de baja recibidas después de esta fecha, que se harán efectivas para el siguiente año al de la renovación en curso.
Tras la incorporación al club, se le incluirá en el grupo de whatsapp Tallu Mendizale KK. La finalidad de este grupo es facilitar información sobre temas que puedan interesar a todos los socios y socias del club, principalmente relacionados con las actividades que organiza el club y aquellos otros que se deseen dar a conocer, siempre y cuando tengan que ver con el fomento de la montaña y senderismo; y evitando utilizar un lenguaje que atente contra la dignidad de las personas, pueda ser discriminatorio o pueda herir la susceptibilidad de las personas.
Disposición Final
31º.- Cada socia o socio del club o participante de las actividades se compromete a cumplir las normas del presente reglamento, así como otras instrucciones que se dicten por parte del grupo coordinador o guías durante la realización de las salidas o bien por la Junta Directiva en asuntos referentes del club.